La cuantía de la subvención, será de 50% del presupuesto de las obras a ejecutar, con un máximo de 2.000 euros por inmueble.
Cuarta convocatoria en Arenas de las ayudas para el acondicionamiento de fachadas. Desde el consistorio explica qué se trata de una ayuda económica para realizar trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de fachadas en inmuebles de los núcleos urbanos del T.M. de Arenas.
En cuanto a la cuantía de la subvención, será de 50% del presupuesto de las obras a ejecutar, con un máximo de 2.000 euros por inmueble y podrá solicitarlo los propietarios de cualquier inmueble que cumpla los siguientes requisitos:
– Que se permita otorgar licencia de la obra a subvencionar.
– Sólo se subvencionarán trabajos de enfoscado y pintado de fachadas.
– No tener ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento.
No serán subvencionables:
– Obras en interior de inmuebles.
– Demolición y modificación sustancial de fachadas.
– Obras que supongan aumentar el volumen de superficie construida.
– Aquellas que no sean susceptibles de concesión de licencia.
Para solicitarla, se podrá desde el 19 de mayo hasta el 19 de agosto de 2025, presentando la solicitud rellena junto con toda la documentación que se indica, en el Ayuntamiento de Arenas o a través de la sede electrónica.
La documentación a presentar será: Modelo de solicitud rellena (Anexo I), copia del documento de identidad del solicitante, solicitud de licencia menor de obras para la rehabilitación a ejecutar, memoria de las obras a detallar con presupuesto detallado, fotografías a color del estado inicial de la fachada a rehabilitar, copia del último recibo de IBI al corriente de pago, plano donde se reflejen las dimensiones de la fachada, declaración responsable (Anexo II) y él certificado de titularidad de la cuenta bancaria del solicitante donde se realizará el ingreso de la ayuda.
El plazo para ejecutar las obras será una vez que se haya notificado la resolución definitiva a los beneficiarios de esta ayuda, éstos dispondrán de dos meses para iniciar las obras, y de un plazo máximo de seis meses para la ejecución y finalización de dichas obras.
Una vez terminadas las obras, el solicitante deberá comunicar por escrito en el Ayuntamiento la finalización de dichas obras, tras lo cual los técnicos visitarán el inmueble para comprobar la ejecución de las mismas conforme a lo expuesto en la licencia de obras concedida. Tras la emisión del informe por los técnicos municipales, se procederá al pago de la ayuda en un plazo máximo de 30 días naturales.